Categorías: CONSTRUCTION

LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN CDMX: REQUISITOS, DIFERENCIAS ENTRE LOS TIPOS A, B Y C, Y TODO LO QUE NECESITAS SABER ANTES DE CONSTRUIR

Construir una casa, ampliar una vivienda o desarrollar un proyecto inmobiliario en la Ciudad de México implica mucho más que contar con un terreno, un proyecto arquitectónico y un presupuesto. Antes de comenzar cualquier obra es necesario conocer las disposiciones urbanas, verificar que el proyecto sea compatible con el uso de suelo y realizar los trámites que correspondan ante las autoridades.

Una de las dudas más frecuentes entre propietarios es: ¿qué permiso necesito para construir?, ¿cuál es la diferencia entre una manifestación de construcción tipo A, B o C?, ¿necesito contratar a un Director Responsable de Obra?, ¿qué planos debo presentar y cuánto cuesta el trámite?

Aunque comúnmente hablamos de licencia de construcción, en la Ciudad de México existen distintas figuras administrativas. Entre ellas se encuentra el Registro de Manifestación de Construcción, que se clasifica en tres modalidades: A, B y C, dependiendo de las características, superficie y uso del proyecto.

En esta guía explicamos qué significa cada modalidad, cuándo corresponde utilizarla, cuáles son sus principales requisitos, qué documentos debes preparar y qué aspectos arquitectónicos y técnicos conviene resolver antes de iniciar el trámite.

Nuestro objetivo es que puedas comprender el proceso antes de invertir en una construcción y evitar errores que puedan representar retrasos, gastos adicionales o problemas legales.


1. ¿Qué es una manifestación de construcción?

La Manifestación de Construcción es el registro administrativo que se realiza ante la autoridad correspondiente para poder ejecutar determinados trabajos de construcción, ampliación, reparación o modificación de un inmueble.

Su fundamento se encuentra en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, aplicable actualmente a la Ciudad de México, particularmente en sus artículos 47, 48, 51, 52 y 53.

Este procedimiento permite identificar las características de la obra, el predio donde se realizará, el proyecto que se pretende ejecutar y los profesionales responsables de su desarrollo, cuando corresponda.

Es importante entender que no se trata únicamente de llenar un formato y pagar derechos. Antes de registrar una manifestación, el proyecto debe cumplir con las disposiciones urbanísticas, arquitectónicas, estructurales y de seguridad aplicables.

Por ejemplo, una vivienda puede cumplir con los metros cuadrados permitidos para una manifestación tipo A, pero encontrarse en una zona de riesgo o tener restricciones urbanísticas que modifiquen el procedimiento que debe seguirse.

Un consejo desde nuestra experiencia como arquitectos: antes de comenzar a diseñar o cotizar una construcción, recomendamos revisar la situación normativa del terreno. De nada sirve desarrollar un proyecto arquitectónico completo si posteriormente descubrimos que la altura, superficie, uso o desplante propuestos no están permitidos.

2. Diferencias entre las manifestaciones de construcción tipo A, B y C

La clasificación depende principalmente del uso y la superficie de construcción, así como de las condiciones particulares del inmueble.

Manifestación de construcción tipo A

La modalidad A está dirigida principalmente a obras de menor escala, especialmente viviendas unifamiliares que cumplen determinadas condiciones.

De acuerdo con el artículo 51 del Reglamento de Construcciones, contempla:

  • Construcción de una vivienda unifamiliar de hasta 120 m² construidos.
  • Predio con frente mínimo de 6 metros.
  • Máximo dos niveles.
  • Altura máxima de 5.5 metros.
  • Claros libres no mayores de 4 metros.
  • Cumplimiento de las disposiciones de habitabilidad, seguridad, higiene, área libre y estacionamiento aplicables.

También contempla determinados trabajos de ampliación, reparación y modificación de viviendas, así como algunas obras menores.

Entre estos supuestos se encuentran:

  • Ampliación de una vivienda unifamiliar, siempre que la superficie total, incluyendo la ampliación, no exceda los 120 m² y se respeten las demás condiciones.
  • Reparación o modificación de una vivienda.
  • Cambio de techos o entrepisos, siempre que no se afecten elementos estructurales.
  • Construcción de bardas de hasta 2.50 metros de altura.
  • Apertura de claros de hasta 1.50 metros en construcciones de hasta dos niveles, bajo las condiciones establecidas por el Reglamento.
  • Instalación o construcción de cisternas, fosas sépticas o albañales.

¡Ojo con esto! Una vivienda de 120 m² no necesariamente puede tramitarse mediante una manifestación tipo A. También deben cumplirse las condiciones de frente, altura, niveles, claros, uso de suelo y ubicación.

Por ejemplo, si el predio está ubicado en una zona de riesgo, el Reglamento establece que se requiere manifestación tipo B.

Manifestación de construcción tipo B

La modalidad B corresponde a proyectos de mayor escala, tanto habitacionales como no habitacionales o mixtos.

Se utiliza para:

  • Construcciones de uso no habitacional o mixto de hasta 5,000 m².
  • Construcciones de uso habitacional de hasta 10,000 m².

Aquí podemos encontrar proyectos como edificios de departamentos, oficinas, establecimientos comerciales, desarrollos de uso mixto y otras edificaciones que superan las condiciones de la modalidad A.

En este tipo de proyectos aumenta la complejidad de la documentación técnica, ya que generalmente se requiere integrar un expediente arquitectónico, estructural y de instalaciones mucho más completo.

Además, dependiendo de las características del proyecto, pueden requerirse dictámenes, estudios especializados, corresponsables y autorizaciones adicionales.

Manifestación de construcción tipo C

La modalidad C corresponde a proyectos de mayor magnitud o complejidad urbana.

Se contempla para:

  • Construcciones de uso no habitacional o mixto de más de 5,000 m².
  • Construcciones de uso habitacional de más de 10,000 m².
  • Construcciones que requieran dictamen de impacto urbano o impacto urbano-ambiental.

Es habitual encontrar esta modalidad en proyectos inmobiliarios de gran escala, desarrollos comerciales, conjuntos habitacionales y proyectos que generan una incidencia urbana considerable.

En estos casos, el análisis previo es especialmente importante, ya que el expediente puede requerir estudios de movilidad, impacto urbano, impacto ambiental, factibilidad de servicios y otras autorizaciones según el proyecto.

Una diferencia importante: no debes elegir la modalidad únicamente por los metros cuadrados. También hay que considerar el uso, la ubicación, las condiciones del predio y si existe alguna obligación de obtener un dictamen de impacto urbano o urbano-ambiental.

3. ¿Qué necesitas revisar antes de solicitar tu manifestación de construcción?

Antes de reunir documentos, recomendamos realizar una revisión arquitectónica y normativa del inmueble.

Esta etapa es fundamental porque permite conocer qué se puede construir realmente y bajo qué condiciones.

3.1. Acreditar la propiedad o posesión del inmueble

El primer paso consiste en contar con documentación que permita acreditar la propiedad o posesión del predio, según corresponda.

Es importante verificar que los datos del inmueble coincidan con los documentos legales y administrativos.

Entre los documentos que pueden solicitarse se encuentran:

  • Escritura pública o documento que acredite la propiedad.
  • Identificación oficial del propietario o poseedor.
  • Documentación de representación legal, cuando el trámite se realice mediante un representante.
  • Datos de identificación y ubicación del predio.

Si existen diferencias entre la superficie registrada, las medidas físicas del terreno y los documentos de propiedad, es recomendable resolverlas antes de avanzar.

3.2. Constancia de alineamiento y número oficial

Este documento permite identificar oficialmente el predio, su ubicación, número oficial y las condiciones de alineamiento correspondientes.

Es importante porque establece información relacionada con el frente del terreno y las restricciones que pueden afectar el proyecto.

Por ejemplo, puede existir una afectación por ampliación de vialidad, restricción o derecho de vía que reduzca la superficie disponible para construir.

No es recomendable diseñar una vivienda sin conocer previamente estas condiciones.

3.3. Certificado de uso de suelo

Este es uno de los documentos más importantes de todo el proceso.

El Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo permite conocer qué usos y parámetros urbanísticos están permitidos para un predio.

Entre los aspectos que debes revisar se encuentran:

  • Uso permitido: habitacional, comercial, servicios, mixto, entre otros.
  • Número máximo de niveles.
  • Altura permitida.
  • Superficie máxima de construcción.
  • Porcentaje de área libre.
  • Restricciones y normas de ordenación aplicables.
  • Coeficientes de ocupación y utilización del suelo, cuando correspondan.

Aquí es donde entran dos conceptos fundamentales:

COS (Coeficiente de Ocupación del Suelo): determina la proporción del terreno que puede ocuparse mediante el desplante de la edificación.

CUS (Coeficiente de Utilización del Suelo): establece la intensidad de construcción permitida en relación con la superficie del terreno.

Por ejemplo, si tienes un terreno de 200 m² y su COS permitido es de 0.60, el desplante máximo teórico sería de 120 m², sujeto a las demás restricciones aplicables.

Si el CUS permitido es de 1.80, la superficie máxima teórica de construcción sería de 360 m².

Estos cálculos son orientativos: deben verificarse con el certificado y las normas particulares del predio, ya que no todos los metros cuadrados necesariamente pueden distribuirse de la misma manera.

3.4. Levantamiento arquitectónico del terreno o inmueble

Antes de proyectar es necesario conocer las condiciones físicas reales del sitio.

En GIMETRIC consideramos el levantamiento arquitectónico una de las etapas más importantes, porque es el punto de partida para desarrollar un proyecto que responda correctamente al contexto.

Se deben identificar, según el caso:

  • Medidas y colindancias del terreno.
  • Niveles y pendientes.
  • Construcciones existentes.
  • Muros, columnas y elementos estructurales.
  • Ubicación de instalaciones.
  • Accesos y circulaciones.
  • Árboles y vegetación existente.
  • Orientación y asoleamiento.
  • Condiciones de iluminación y ventilación.
  • Elementos que deban conservarse o protegerse.

En terrenos donde las condiciones geotécnicas lo ameriten, también será necesario realizar los estudios correspondientes para determinar las características del suelo y diseñar adecuadamente la cimentación.

No recomendamos proyectar basándose únicamente en las medidas proporcionadas verbalmente o en un croquis informal. Una diferencia de centímetros puede generar problemas importantes durante el desarrollo ejecutivo o la construcción.

4. ¿Qué planos y proyectos técnicos necesitas?

Uno de los errores más comunes es pensar que para tramitar una manifestación basta con presentar un plano arquitectónico de distribución.

En realidad, el expediente técnico depende de la modalidad y las características de la obra.

Para los proyectos que requieren documentación técnica completa, es necesario desarrollar y coordinar diferentes especialidades.

Proyecto arquitectónico

Es el documento que representa cómo se organizará y construirá el espacio.

Generalmente incluye:

  • Croquis de localización.
  • Levantamiento del estado actual.
  • Planta de conjunto.
  • Plantas arquitectónicas.
  • Cortes longitudinales y transversales.
  • Fachadas.
  • Cortes por fachada cuando correspondan.
  • Detalles arquitectónicos.
  • Circulaciones.
  • Áreas exteriores.
  • Estacionamientos, cuando sean aplicables.
  • Especificaciones de materiales, acabados y equipos.

El proyecto debe mostrar de manera clara la distribución, dimensiones y funcionamiento de los espacios.

Proyecto estructural

La estructura es la responsable de transmitir las cargas de la edificación hacia el terreno de manera segura.

Dependiendo de las características del proyecto, el expediente estructural contempla:

  • Memoria de cálculo estructural.
  • Planos de cimentación.
  • Plantas estructurales.
  • Detalles de armado.
  • Castillos, columnas y trabes.
  • Dalas y cadenas.
  • Losas de entrepiso y azotea.
  • Conexiones estructurales.
  • Especificaciones de materiales.
  • Protección a colindancias.
  • Procedimientos constructivos especiales, cuando sean necesarios.

También deben considerarse las condiciones sísmicas de la Ciudad de México y las disposiciones de las Normas Técnicas Complementarias aplicables.

Un proyecto estructural no debe resolverse únicamente mediante criterios visuales o referencias de otras construcciones. Cada estructura necesita un análisis acorde con su geometría, cargas, materiales y condiciones del suelo.

Proyecto de instalaciones hidráulicas y sanitarias

Este proyecto establece cómo se abastecerá de agua el inmueble y cómo se conducirán y desalojarán las aguas residuales.

Puede incluir:

  • Plantas hidráulicas.
  • Plantas sanitarias.
  • Isométricos.
  • Trayectorias de tuberías.
  • Alimentaciones.
  • Diámetros.
  • Ubicación de muebles sanitarios.
  • Cisternas y equipos de bombeo.
  • Registros y conexiones.
  • Sistemas de captación y aprovechamiento de agua pluvial, cuando correspondan.
  • Memorias y especificaciones técnicas.

También deben verificarse las condiciones de factibilidad y disponibilidad de servicios hidráulicos que correspondan al proyecto.

Proyecto de instalaciones eléctricas

Se desarrolla para determinar la distribución y funcionamiento de los sistemas eléctricos.

Incluye, según el alcance:

  • Plantas de iluminación.
  • Plantas de contactos.
  • Circuitos eléctricos.
  • Cuadros de cargas.
  • Diagrama unifilar.
  • Tableros.
  • Canalizaciones.
  • Conductores.
  • Sistemas de puesta a tierra.
  • Protecciones y especificaciones.

Es importante que el proyecto cumpla con las disposiciones eléctricas aplicables y que se coordine con las demás especialidades.

Proyecto de instalaciones de gas y especiales

Dependiendo de las necesidades del inmueble, también pueden requerirse planos de:

  • Instalación de gas.
  • Aire acondicionado.
  • Ventilación mecánica.
  • Sistemas contra incendios.
  • Voz y datos.
  • Circuitos cerrados de televisión.
  • Automatización.
  • Sistemas de seguridad.
  • Equipamiento electromecánico.

No todos los proyectos requieren todas estas especialidades. La documentación se determina a partir del uso, dimensiones, características y sistemas que tendrá la edificación.

5. ¿Necesitas un DRO y corresponsables?

Aquí encontramos otro de los puntos que generan más dudas.

El Director Responsable de Obra (DRO) es el profesional autorizado y registrado ante la autoridad correspondiente para asumir las responsabilidades que establece el Reglamento de Construcciones respecto al proyecto y la ejecución de la obra bajo su responsiva.

Su participación no debe entenderse como un simple requisito administrativo.

Entre sus obligaciones se encuentran verificar el cumplimiento de las disposiciones aplicables, supervisar los aspectos que corresponden a su responsabilidad y dar seguimiento a la obra conforme a la normativa.

Por otra parte, existen los Corresponsables, profesionales especializados que participan en las materias que requieren su intervención.

Los principales son:

Corresponsable en Seguridad Estructural (CSE): interviene en la revisión y responsabilidad de los aspectos estructurales cuando el Reglamento lo exige.

Corresponsable en Diseño Urbano y Arquitectónico (CDUyA): participa en los aspectos de diseño urbano y arquitectónico en los supuestos que establece la normativa.

Corresponsable en Instalaciones (CI): interviene en los proyectos y sistemas de instalaciones cuando corresponde.

La necesidad de contar con uno o varios corresponsables depende del tipo de obra, sus características y los supuestos establecidos en el Reglamento y sus Normas Técnicas Complementarias.

Un detalle importante: no debes asumir que todas las manifestaciones tipo A, B o C requieren exactamente el mismo equipo de responsables. La intervención se determina conforme a las disposiciones aplicables a cada proyecto.

6. ¿Dónde se tramita la manifestación de construcción en CDMX?

Actualmente, los trámites de construcción se gestionan mediante la Ventanilla Única de Construcción de la Ciudad de México.

La plataforma permite ingresar los trámites digitales relacionados con las manifestaciones de construcción, consultar requisitos y dar seguimiento a los procedimientos correspondientes.

Para iniciar:

  1. Ingresa a la Ventanilla Única de Construcción.
  2. Accede con tu cuenta Llave CDMX.
  3. Identifica el tipo de trámite que corresponde a tu proyecto.
  4. Captura la información del propietario y del predio.
  5. Integra los documentos solicitados en formato digital.
  6. Adjunta los planos y documentos técnicos correspondientes.
  7. Realiza el pago de derechos que corresponda.
  8. Envía la solicitud y conserva el comprobante de registro.

Puedes ingresar directamente aquí:

Ventanilla Única de Construcción de la CDMX

Aunque el trámite se realiza mediante una plataforma digital, la Ventanilla Única de las alcaldías debe brindar apoyo a las personas que requieran asistencia para ingresar sus solicitudes.

Es importante revisar los requisitos específicos que aparecen en la plataforma, porque pueden variar de acuerdo con la modalidad y las características del proyecto.

7. Documentos que debes preparar: lista general de requisitos

Para organizar el expediente de tu proyecto, te compartimos una lista de los documentos que pueden solicitarse.

Documentación del propietario y del predio

  • Identificación oficial.
  • Documento que acredite propiedad o posesión.
  • Acreditación de personalidad jurídica, si existe representante.
  • Constancia de alineamiento y número oficial vigente.
  • Certificado de uso de suelo.
  • Información de ubicación y superficie del predio.

Documentación arquitectónica

  • Proyecto arquitectónico.
  • Levantamiento del estado actual.
  • Plantas arquitectónicas.
  • Cortes y fachadas.
  • Planta de conjunto.
  • Especificaciones de materiales y acabados.
  • Memoria descriptiva, cuando corresponda.

Documentación técnica

  • Proyecto estructural.
  • Memoria de cálculo estructural.
  • Proyecto hidráulico y sanitario.
  • Proyecto eléctrico.
  • Proyecto de gas.
  • Proyectos de instalaciones especiales, cuando sean necesarios.
  • Proyecto de protección a colindancias, cuando corresponda.
  • Libro de bitácora de obra, conforme a los requisitos aplicables.

Documentación y autorizaciones adicionales

Según el proyecto, también pueden requerirse:

  • Responsiva del DRO.
  • Responsivas de corresponsables.
  • Dictamen de factibilidad de servicios hidráulicos.
  • Dictamen de impacto urbano o urbano-ambiental.
  • Documentación ambiental.
  • Constancia de publicitación vecinal.
  • Autorizaciones de intervención patrimonial.
  • Dictámenes y autorizaciones especiales.

Esta lista es orientativa y no sustituye el listado oficial de requisitos de cada modalidad. No todos los documentos se solicitan para todas las obras.

8. Publicitación vecinal: ¿qué es y cuándo se necesita?

La publicitación vecinal es un procedimiento mediante el cual se informa a los vecinos sobre determinadas obras y proyectos.

Es particularmente relevante para los trámites de manifestación tipo B y C en los supuestos previstos por la normativa.

Entre la información que puede incluir la cédula de publicitación se encuentran:

  • Identificación del proyecto.
  • Ubicación del predio.
  • Superficie del terreno.
  • Descripción de la obra.
  • Número de niveles.
  • Normas de ordenación que se pretenden aplicar.

La cédula debe colocarse en un lugar visible al exterior del predio durante el periodo establecido por la normativa aplicable.

Es importante no confundir la publicitación vecinal con una autorización para construir ni con la aprobación de los vecinos. Se trata de un procedimiento de información y transparencia dentro del proceso administrativo.

9. ¿Cuánto cuesta una manifestación de construcción?

El costo no es igual para todos los proyectos.

Los derechos se determinan conforme al Código Fiscal de la Ciudad de México, particularmente las disposiciones aplicables a los registros de manifestación de construcción.

El importe puede depender de factores como:

  • Tipo de manifestación.
  • Superficie de construcción.
  • Características del trámite.
  • Derechos y conceptos fiscales aplicables.

Además del pago gubernamental, debes contemplar los honorarios profesionales correspondientes al desarrollo del proyecto arquitectónico, estructural y de instalaciones, así como los servicios del DRO y de los corresponsables cuando sean necesarios.

También pueden existir costos adicionales por estudios, dictámenes, levantamientos, factibilidades y autorizaciones especiales.

Nuestra recomendación: solicita una estimación integral de los gastos administrativos y técnicos antes de comenzar. No presupuestes únicamente el pago de derechos, porque el trámite forma parte de un proceso mucho más amplio.

10. ¿Cuánto tiempo tarda el trámite?

No existe un plazo único que pueda aplicarse a todos los proyectos.

El tiempo depende de la modalidad, la documentación, las autorizaciones adicionales y las observaciones que puedan surgir durante el procedimiento.

Una manifestación tipo A que cumpla con todos los requisitos tiene un proceso diferente al de un desarrollo habitacional o comercial de gran escala que necesita dictámenes especializados.

Por eso recomendamos no establecer una fecha de inicio de obra basándose únicamente en una estimación informal.

Lo ideal es preparar previamente el expediente completo, verificar la vigencia de los documentos y coordinar las especialidades para evitar retrasos.

11. ¿Qué sucede después de registrar tu manifestación de construcción?

Una vez que se registra la manifestación en la plataforma y se obtiene el documento electrónico correspondiente, deben conservarse los planos y documentos técnicos con sus respectivos sellos digitales para que permanezcan disponibles en la obra.

Esto es fundamental: el proyecto que se ejecuta debe corresponder con el proyecto registrado y cumplir con las disposiciones aplicables.

También se deben respetar las condiciones de seguridad, supervisión, protección a colindancias y demás obligaciones establecidas por el Reglamento.

Al concluir la obra, el procedimiento cambia dependiendo de la modalidad.

En el caso de la manifestación tipo A, corresponde presentar el Aviso de Terminación de Obra.

Para las manifestaciones tipo B y C se presenta el Aviso de Terminación de Obra para la Autorización de Uso y Ocupación.

Cuando corresponda, también deberán integrarse la Constancia de Seguridad Estructural y el Visto Bueno de Seguridad y Operación de las instalaciones.

No debes considerar que el registro inicial es el último paso administrativo: cerrar correctamente el expediente de la obra también es parte del proceso.

12. Errores frecuentes que debes evitar antes de construir

Después de revisar los aspectos administrativos, hay algo que queremos compartirte desde nuestra perspectiva como arquitectos: muchos problemas de una obra comienzan antes de colocar el primer ladrillo.

Estos son algunos errores que recomendamos evitar:

1. Diseñar sin consultar el uso de suelo.

Puedes desarrollar una casa de tres niveles y descubrir posteriormente que el terreno tiene restricciones que impiden construirla de esa manera.

2. Confundir superficie de terreno con superficie construible.

Tener un terreno de 200 m² no significa que puedas construir 200 m² de desplante. El COS, el CUS, el área libre y las restricciones deben analizarse previamente.

3. Comenzar trabajos sin registrar la manifestación correspondiente.

El registro debe realizarse antes del inicio de los trabajos para los supuestos regulados por el artículo 51.

4. Modificar elementos estructurales sin un proyecto técnico.

Retirar una columna, abrir un claro en un muro de carga o modificar una losa puede comprometer la estabilidad del inmueble. No son decisiones que deban tomarse únicamente por motivos estéticos.

5. Contratar profesionales sin verificar sus registros y responsabilidades.

Cuando el proyecto requiere un DRO o corresponsables, verifica que cuenten con registro vigente y que su participación corresponda realmente a las responsabilidades que asumirán.

6. No verificar las condiciones de las colindancias.

Las excavaciones, cimentaciones y trabajos cercanos a construcciones existentes necesitan una estrategia adecuada de protección.

7. Pensar que el trámite termina cuando recibes el registro.

La supervisión, las modificaciones autorizadas, la terminación de obra y la documentación de seguridad también forman parte de la responsabilidad de construir.

13. Casos especiales: no todas las obras siguen el mismo procedimiento

Hay situaciones en las que una manifestación tipo A, B o C no es el trámite que corresponde.

Por ejemplo, el Reglamento contempla licencias de construcción especiales para determinados trabajos, entre ellos:

  • Demoliciones.
  • Excavaciones o cortes de más de un metro de profundidad.
  • Construcciones en suelo de conservación.
  • Instalaciones subterráneas o aéreas en vía pública.
  • Determinados trabajos con tapiales que invaden la acera.
  • Instalación o modificación de elevadores y otros mecanismos electromecánicos.
  • Algunas instalaciones temporales.

Además, si el inmueble se encuentra en una zona de conservación patrimonial o está catalogado como monumento histórico o artístico, pueden requerirse autorizaciones adicionales del INAH, INBAL o de las autoridades de la Ciudad de México, según corresponda.

Otro punto importante es que el Reglamento establece que no procede el registro de manifestación de construcción cuando el predio se localiza en suelo de conservación. En estos casos debe revisarse el procedimiento específico aplicable.

Por eso, antes de asumir que tu proyecto puede tramitarse mediante una modalidad ordinaria, es indispensable revisar su ubicación y condiciones particulares.

14. Nuestra recomendación como arquitectos: primero la viabilidad, después el proyecto

Si estás pensando en construir una vivienda, ampliar tu casa o desarrollar un proyecto comercial, te recomendamos seguir este orden:

  1. Revisión documental: verificar propiedad, ubicación, medidas y antecedentes del inmueble.
  2. Análisis normativo: consultar el uso de suelo, restricciones, COS, CUS, alturas y áreas libres.
  3. Visita y levantamiento: conocer las condiciones físicas reales del terreno o construcción existente.
  4. Anteproyecto arquitectónico: desarrollar una propuesta que responda a las necesidades del propietario y a las posibilidades normativas.
  5. Coordinación de especialidades: integrar estructura, instalaciones y estudios necesarios.
  6. Integración del expediente: preparar la documentación requerida para la modalidad correspondiente.
  7. Registro de la manifestación: ingresar el trámite en la plataforma oficial.
  8. Ejecución y seguimiento: realizar la obra conforme al proyecto registrado y las disposiciones aplicables.
  9. Cierre administrativo: presentar los avisos y documentos de terminación que correspondan.

Un buen proyecto no comienza con una excavación ni con la compra de materiales. Comienza con información, análisis y decisiones correctamente fundamentadas.


Conclusión: construir correctamente comienza mucho antes de la obra

La construcción de un inmueble en la Ciudad de México requiere comprender tanto las necesidades arquitectónicas como las obligaciones administrativas y normativas.

Las manifestaciones de construcción tipo A, B y C responden a diferentes escalas y características de proyecto. Identificar correctamente cuál corresponde es el primer paso para evitar trámites equivocados, gastos innecesarios y complicaciones durante la ejecución.

En GIMETRIC Arquitectos creemos que la arquitectura no consiste únicamente en diseñar espacios atractivos. También implica comprender el terreno, estudiar la normativa, coordinar especialidades y anticipar las condiciones que permitirán que un proyecto pueda desarrollarse correctamente.

Porque antes de construir, hay que saber qué puedes construir, cómo puedes hacerlo y qué necesitas para llevarlo a cabo.

Arquitectura con criterio. Diseñamos, pero también cuestionamos.

CONTÁCTANOS

Arq. Grecia Elías & LDI. Irving Elías

Compartir
Publicado por
Arq. Grecia Elías & LDI. Irving Elías
Etiquetas: CONSTRUCTION

Esta web usa cookies.